T&C – Servicio 

Condiciones generales de Jumag Dampferzeuger GmbH para los contratos de servicio de Jumag
FSC

1. Ámbito general de las Condiciones de servicio

1.1 Todas las entregas, prestaciones, presupuestos y ofertas del Usuario para trabajos en generadores de vapor previamente entregados
con fines de mantenimiento, reparación, ajuste, puesta en marcha, localización de averías o similares
(en lo sucesivo, "Servicio") se realizan exclusivamente sobre la base de las presentes Condiciones Generales de Servicio (CGC). Las presentes
forman parte integrante de todos los contratos de servicio celebrados por el usuario, Jumag Dampferzeuger GmbH (en lo sucesivo denominado igualmente "nosotros" o "Contratista"), con sus socios contractuales (en lo sucesivo denominado también "Cliente" o
"Cliente").

1.2 Las presentes CGC son de aplicación exclusiva. No se aplicarán condiciones divergentes, contradictorias o complementarias del Cliente
o de terceros, incluso si el Usuario no se opone específicamente a su validez en casos individuales. Incluso
si el Usuario hace referencia a una carta que contenga o se refiera a los términos y condiciones del Cliente o de un tercero, esto no constituye un consentimiento a la validez de dichos términos y condiciones.

1.3 Las adiciones y modificaciones de los acuerdos celebrados, incluidas las presentes Condiciones Generales de Servicio, deberán realizarse por escrito para que surtan efecto.

2. Ejecución de las obras

2.1 Salvo pacto expreso en contrario, todos los trabajos objeto de este contrato se realizarán de lunes a viernes entre
8:00 a.m. y 5:00 p.m. Esto excluye días festivos.

2.2 Si, a petición del cliente, prestamos servicios fuera del horario especificado en el apartado 2.1, facturaremos por separado los costes adicionales en que se haya incurrido (como horas extraordinarias y tasas por servicios de emergencia, etc.) según las tarifas vigentes.

2.3 En caso de impedimento de funcionamiento in situ del que no seamos responsables, podremos adaptar o interrumpir nuestros servicios.

Entre los impedimentos al rendimiento se incluyen, por ejemplo, la falta de seguridad laboral en el lugar, el suministro inadecuado de servicios públicos y la incapacidad de apagar el sistema sin interrumpir la producción. Si el cliente no consigue eliminar los impedimentos de rendimiento
en un plazo de espera razonable y aceptable, la prestación del servicio se considerará imposible y se aplicará en consecuencia el apartado 2.5. El cliente correrá con todos los gastos adicionales que se deriven de ello.

2.4 Al planificar los encargos, nos reservamos el derecho de dividir los servicios y prestarlos en horarios escalonados, siempre que sea razonable para el cliente de
.

2.5 Si, a petición del cliente, se requiere un viaje aparte, facturaremos estos gastos adicionales.

2.6 Si, tras tres intentos de concertar una cita, no logramos concertar una cita individual conforme a las especificaciones del cliente, nos reservamos el derecho de facturar los gastos de desplazamiento en que se haya incurrido.

2.7 Si se ha acordado expresamente la localización de averías in situ, 1) deberá haber tenido lugar previamente una sesión telefónica de localización de averías entre la Asistencia Telefónica de JUMAG y el cliente, y 2) cualquier cita posterior in situ deberá ofrecer la posibilidad de localizar averías en la instalación, en particular el acceso a la instalación, la posibilidad de desconectar la instalación, trabajar en la instalación y realizar pruebas de funcionamiento. Siguiendo las instrucciones del servicio telefónico de asistencia técnica by JUMAG , deberán realizarse previamente los trabajos de limpieza especificados en la documentación de la instalación o indicados by JUMAG servicio telefónico de asistencia técnica by JUMAG (p. ej., limpieza del flotador de regulación del nivel de agua) y comprobarse el comportamiento de funcionamiento, eventualmente acompañados de una llamada telefónica.

2.8 Si en el lugar de montaje se instalan componentes de la instalación (aparatos de medición y regulación incluidos en el volumen de suministro JUMAG, estación reductora de presión JUMAG, etc.) o componentes que requieren lecturas conforme a su finalidad (contadores de agua, contadores de gas, manómetros, etc.) fuera de la línea de visión de los generadores de vapor, el cliente deberá prestar asistencia en caso necesario y correr con los gastos que se originen.

3. Obligaciones del cliente

3.1 El cliente deberá cumplir las disposiciones legales, reglamentarias y de las asociaciones profesionales para el funcionamiento de los generadores de vapor. Esto se aplica por igual a propietarios, operadores, personal formado y usuarios.

3.2 En caso de avería, el Cliente deberá desconectar inmediatamente el sistema afectado y notificárnoslo. En caso de situación peligrosa, el Cliente deberá asegurar adecuadamente la zona peligrosa.

3.3 El Cliente es responsable de garantizar un acceso adecuado y seguro a las salas de operaciones del sistema y a los componentes del sistema. En particular, el Cliente deberá proporcionar escaleras seguras, andamios, etc., para permitir un acceso seguro a los componentes del sistema. Los componentes del sistema sólo se inspeccionarán si el Cliente cumple o proporciona todas las medidas exigidas por la normativa aplicable en materia de salud y seguridad en el trabajo para proteger a nuestro personal de servicio y a nuestros agentes.

3.4 Nuestros empleados y agentes deben tener siempre acceso ilimitado a los sistemas y recibir toda la información que soliciten sobre los mismos. La documentación pertinente deberá estar disponible para su inspección.

3.5 El mantenimiento, la solución de problemas y las reparaciones (si se han acordado individualmente) sólo podrán ser realizados por
nosotros o nuestros agentes durante la vigencia del contrato. Si terceros llevan a cabo dichos trabajos sin nuestro consentimiento,
no asumimos ninguna garantía por los mismos.

3.6 Los sistemas suministrados por nosotros y nuestros procesos y procedimientos técnicos están protegidos de diversas formas (en particular mediante patentes,
, derechos de autor, etc.). Queda prohibida la ingeniería inversa. El uso no autorizado, en particular la divulgación no autorizada a terceros, está prohibido y puede dar lugar a responsabilidad por daños y perjuicios.

3.7 Si se ha acordado expresamente la eliminación de fallos in situ, 1) la eliminación de fallos deberá realizarse primero por teléfono entre el servicio telefónico de asistencia técnica de JUMAG y el cliente, y 2) durante cualquier cita posterior in situ, deberá estar disponible la posibilidad de la eliminación de fallos, en particular el acceso a la instalación, la posibilidad de desconectar la instalación, trabajar en ella y realizar pruebas de funcionamiento. Según las instrucciones del servicio telefónico de asistencia de by JUMAG , los trabajos de limpieza especificados en la documentación de la instalación o instruidos by JUMAG servicio telefónico de asistencia de by JUMAG (p. ej., limpieza del flotador de la regulación del nivel de agua) deben ser efectuados de antemano, y el comportamiento de funcionamiento debe ser comprobado, eventualmente acompañado por teléfono.

3.8 Si en el lugar de la instalación se instalan componentes del sistema (dispositivos de medición y regulación incluidos en el volumen de suministro del contratista, estación reductora de presión JUMAG, etc.) o componentes que requieren lecturas de acuerdo con su finalidad (contadores de agua, contadores de gas, manómetros, etc.) fuera de la línea de visión de los generadores de vapor, el comitente deberá proporcionar asistentes en caso necesario y correrá con los gastos que se generen.

4. Factura y pago

4.1 El precio se calcula sobre la base de la tasa aplicable dentro de la gama de tarifas del contratista en el momento de la celebración del contrato. En caso de modificación de la tarifa, los gastos de viaje, las dietas de viaje y las indemnizaciones por condiciones de vida difíciles, el precio del contrato se ajustará en consecuencia.

4.2 Tenemos derecho a ajustar el precio acordado según la variación porcentual anual del índice de precios al consumo de la Oficina Federal de Estadística, disponible en destatis.de. El año de celebración del contrato se considerará el año base. El ajuste tendrá lugar el 31 de marzo del año siguiente al último cálculo del índice anual de precios al consumo, es decir, para el índice de precios al consumo determinado a 31 de diciembre, el 31 de marzo del año siguiente. Este ajuste puede dar lugar a un aumento o una disminución del precio contractual acordado en función de la variación del índice de precios al consumo.

4.3 Si el índice de precios al consumo determinado oficialmente por la Oficina Federal de Estadística ha variado en más de un 5% al alza o a la baja en el año base desde la celebración del contrato o desde la fecha del último ajuste, cualquiera de las partes contratantes podrá solicitar un ajuste razonable del pago monetario adeudado mediante declaración escrita. El importe del ajuste debe ser al menos igual a la mitad de la variación del índice de precios al consumo indicada en la primera frase y en ningún caso puede superar dicha variación. El ajuste podrá solicitarse no antes del primer día del mes siguiente a la recepción de la solicitud de ajuste.

4.4 Para los contratos que incluyan el mantenimiento de quemadores, la facturación se emitirá por adelantado a la conclusión del contrato o al principio de cada año natural (normalmente en enero) para garantizar el derecho del cliente a un "servicio de emergencia 24/7" potencialmente acordado. El pago del importe facturado estará sujeto a los términos y condiciones establecidos en el contrato.

4.5 Si el Cliente solicita servicios que van más allá de los acordados contractualmente, los facturaremos individualmente en función de los servicios prestados, de acuerdo con la lista de precios de servicios vigente del Contratista.

5. Duración, rescisión e interrupción del contrato

5.1 El contrato entrará en vigor en el momento de su firma. El contrato se celebra por un plazo mínimo de 24 meses
y podrá rescindirse tras la expiración del plazo mínimo por escrito a la otra parte con un plazo de preaviso de tres meses al final de cada año (salvo acuerdo expreso en contrario).

Si el periodo de garantía se amplía a cinco años, el Cliente y el Contratista tienen la opción de ajustar el plazo del contrato para
la duración del periodo de garantía.

5.2. El Cliente se compromete a notificar inmediatamente al Contratista cualquier cambio en el uso de las instalaciones y del edificio.

Si estos cambios en el uso de las instalaciones provocan cambios en la carga de las instalaciones, el Contratista podrá
solicitar el correspondiente ajuste del contrato o rescindir el contrato.

5.3 Tras modificaciones técnicas o modificaciones de las instalaciones, el Contratista podrá
solicitar el correspondiente ajuste del contrato o rescindir el contrato.

5.4 El derecho a la rescisión extraordinaria por causa justificada, en particular por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el apartado 3, no se verá afectado.

5.5. En caso de parada del equipo, el contrato se suspende durante el periodo previsto o acordado. Para mantener la operatividad técnica del equipo, se recomienda un mantenimiento de parada con un intervalo adecuadamente ajustado y una tarifa plana para el periodo de parada.

5.6 El Cliente deberá notificar por escrito al Contratista la parada del equipo.

5.7 En caso de parada definitiva o desmantelamiento de los equipos, el contrato finalizará automáticamente al final del mes natural en curso en el que haya tenido lugar la parada definitiva o el desmantelamiento, siempre que el Contratista nos lo notifique por escrito con tres meses de antelación.

5.8 El Contratista podrá rescindir el presente contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Cliente en caso de incumplimiento de la obligación prevista en el apartado 5.6.

6. Garantía

6.1 El plazo de prescripción para las reclamaciones derivadas de este contrato se determina en la Sección VIII de las Condiciones Generales del Contratista
, Jumag Dampferzeuger GmbH.

6.2 El plazo de garantía conforme al apartado VIII de las Condiciones Generales de Contratación del Contratista se amplía a un total de 24 meses si se encarga al Contratista el mantenimiento de sistemas nuevos y dicho contrato de mantenimiento se concluye
en un plazo de 10 semanas a partir de la entrega del sistema.
Si un contrato de mantenimiento con el Contratista para el mantenimiento de sistemas nuevos vendidos por el Contratista se concluye dentro de las 10 semanas
siguientes a la entrega del sistema con un plazo contractual de al menos 5 años, el periodo de garantía
conforme a la Sección VIII de las Condiciones Generales del Contratista se amplía a un total de 5 años.
El inicio del periodo de garantía ampliado se rige por las disposiciones de la Sección VIII de las Condiciones Generales del Contratista.
El periodo de garantía ampliado es válido por un máximo de la duración del contrato de servicio celebrado, es decir, si, por ejemplo, el contrato es rescindido por una de las partes antes de que finalice el plazo acordado, el periodo de garantía finaliza con la rescisión del contrato.

El desmantelamiento según el apartado 5.6 no se tiene en cuenta al calcular el periodo de garantía. Las exclusiones de los apartados 6.3, 6.4, 6.5 y 6.6 se aplican a cualquier ampliación de la garantía.

6.3 La extensión de la garantía no se aplicará si el cliente modifica el sistema suministrado o lo hace modificar por terceros sin el consentimiento del vendedor o contratista, y esto hace que la subsanación de los defectos sea imposible o irrazonablemente difícil.

En cualquier caso, el cliente correrá con los gastos adicionales de rectificación de los defectos derivados de la modificación.

6.4 Las piezas de desgaste, en particular las piezas giratorias, las piezas con movimiento mecánico, las piezas accionadas electrónicamente y las piezas expuestas a llamas abiertas, quedan excluidas de la ampliación del periodo de garantía.

6.5 El periodo de garantía se reduce a los 12 meses acordados en la Sección VIII de las Condiciones Generales del Contratista si el Cliente utiliza o hace funcionar el sistema de forma inadecuada, es decir, en contra de las instrucciones de funcionamiento y mantenimiento especificadas en el manual (y en los contratos celebrados con el Contratista
).

6.6 La extensión de la garantía no se aplica a los sistemas usados vendidos al Contratista; en este caso, se aplica el periodo de garantía conforme al apartado 6.1.

En la medida en que las presentes Condiciones Generales no contengan ninguna disposición, se aplicarán supletoriamente las Condiciones Generales vigentes del Contratista.

Sujeto a cambios/ a partir de: Abril 2023